Capítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 2 may 2025
La Academia, además de ser un organismo protector de actividad investigadora y difusor de la cultura científica farmacéutica, asesorará al Gobierno en los temas de su competencia, singularmente en los del medicamento y productos sanitarios, política científica y académica.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2025/04/08/267#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil