Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
10 / 34En vigor desde 2 may 2025
La Academia, además de ser un organismo protector de actividad investigadora y difusor de la cultura científica farmacéutica, asesorará al Gobierno en los temas de su competencia, singularmente en los del medicamento y productos sanitarios, política científica y académica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2025/04/08/267#art-4