Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección quinta. Modalidades de integración del Régimen Especial de los Toreros
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 19 ene 1987
Se modifica la descripción de los trabajos incluidos en los epígrafes 121 y 122 de la tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, aprobada por Real Decreto 2930/1979, de 29 de diciembre, que quedan redactados de la siguiente forma:
Epígrafe Descripción de los trabajos 121 Enfermeros y guardias de manicomios. Profesores de artes marciales, gimnastas y socorristas. Jugadores profesionales de fútbol. 122 Espectáculo: Operadores cinematográficos, tramoyistas y otro personal técnico y de servicio público. Artistas.
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Proeli/es/rd/1986/12/24/2621#disposicion-adicional-segunda