Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 22 ene 1995
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto. En particular, queda derogado el Estatuto regulador de la actividad de distribuidor al por mayor de productos petrolíferos importados de la CEE, aprobado por Real Decreto 2401/1985, de 27 de diciembre, y modificado por Real Decreto 106/1988, de 12 de febrero.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1994/12/23/2487#disposicion-derogatoria-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil