Capítulo ANEXO II

Art. 6

En vigor desde 8 jun 2016
La aplicación del mismo mensurando bajo las mismas condiciones de medición deberá arrojar unos resultados sucesivos muy similares. La diferencia de los resultados de medición deberá ser pequeña cuando se compare con el error máximo permitido.
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eli/es/rd/2016/06/03/244#art-6-2

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