Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 14 jul 2013
El personal estatutario que se encuentre en situación de servicio activo en el CNI y que sea personal militar de carrera, conservará los derechos establecidos en la legislación sobre movilidad geográfica de las Fuerzas Armadas en las mismas condiciones que el personal militar en servicio activo de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
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eli/es/rd/2013/04/05/240#disposicion-adicional-quinta

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