Art. 1

En vigor desde 10 ene 1986
Se autoriza la mezcla de extractos solubles de café con extractos solubles de sucedáneos de café, quedando modificado el apartado h) del punto 3.25.1 1 del Código Alimentario Español en este sentido, es decir, en lo referente a la prohibición de mezclar solubles de café, descafeinados o no, con solubles de sucedáneos de café.
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eli/es/rd/1985/12/04/2362#art-1

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