Art. 1

Art. 1

1 / 4
En vigor desde 10 ene 1986
Se autoriza la mezcla de extractos solubles de café con extractos solubles de sucedáneos de café, quedando modificado el apartado h) del punto 3.25.1 1 del Código Alimentario Español en este sentido, es decir, en lo referente a la prohibición de mezclar solubles de café, descafeinados o no, con solubles de sucedáneos de café.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1985/12/04/2362#art-1