Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 17 feb 2008
Quedan derogados el capítulo II del Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre, sobre cauces de participación de los españoles residentes en el extranjero, modificado por el Real Decreto 597/1994, de 8 de abril y por el Real Decreto 2022/1997, de 26 de diciembre, y la Orden de 3 de junio de 1998 que desarrolla al anterior, así como cualquier otra norma de igual o inferior rango que se contraponga a lo dispuesto en este real decreto.
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eli/es/rd/2008/02/15/230#disposicion-derogatoria-unica

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