Art. 10

En vigor desde 1 feb 2015
La publicación del convenio y de los estatutos de las AECT con domicilio social en España, así como sus modificaciones, se realizará por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en el "Boletín Oficial del Estado" una vez remitida la documentación prevista en el artículo 8.2. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 45, de 21 de febrero de 2015. Ref. BOE-A-2015-1763 .
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eli/es/rd/2015/01/23/23#art-10

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