Art. Disposición final

En vigor desde 25 oct 1979
La Dirección General de Instituciones Penitenciarias procederá a la recogida del armamento que tuvieren confiado los funcionarios de los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias, dando al mismo el destino prevenido en las disposiciones vigentes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1979/07/20/2298#disposicion-final

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil