Art. Disposición final

Art. Disposición final

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En vigor desde 25 oct 1979
La Dirección General de Instituciones Penitenciarias procederá a la recogida del armamento que tuvieren confiado los funcionarios de los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias, dando al mismo el destino prevenido en las disposiciones vigentes.
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eli/es/rd/1979/07/20/2298#disposicion-final