Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 12 jun 2016
El titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dictará las órdenes ministeriales de desarrollo precisas para el cumplimiento y aplicación del presente real decreto. Asimismo, podrá realizar las modificaciones necesarias en el anexo de éste.
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Proeli/es/rd/2016/05/27/224#disposicion-final-tercera