Art. 34

En vigor desde 11 oct 1979
Corresponde al Secretario: 1.º Dirigir y firmar todas las citaciones para las reuniones, sesiones y actos de la Junta de Gobierno, Junta General de Colegiados y Comisión Ejecutiva, según lo ordene el Decano. 2.º Redactar y firmar las actas de las reuniones de los Órganos citados en el anterior apartado, que llevarán el visado del Decano. 3.º Llevar los correspondientes libros de actas en los que consten cronológicamente las de todas las reuniones que se celebren por cada uno de los Órganos citados en el apartado primero. 4.º Llevar, asimismo, los correspondientes libros de entrada y salida de documentos. 5.º Recibir todas las comunicaciones, de las que dará cuenta al Decano, dirigidas al Colegio mismo, Junta de Gobierno y Comisión Ejecutiva. 6.º Extender y autorizar con su firma las comunicaciones, órdenes y circulares que hayan de dirigirse por orden del Decano, de la Comisión Ejecutiva y de la Junta de Gobierno. 7.º Redactar la Memoria que refleje las actividades de la Junta de Gobierno para someterla a la consideración y aprobación de la Junta General de Colegiados. 8.º Custodiar el sello y la documentación del Colegio. 9.º Expedir con el visto bueno del Decano toda clase de certificaciones, así como el documento que acredite que el miembro de que se trata se halla incorporado al Colegio. 10. Llevar un fichero circunstanciado de todos los miembros del Colegio, anotando en libros o ficheros todo cuanto pueda interesar al mismo. 11. Atender a los visitantes con el mayor interés, tratando de resolver y aclarar las consultas profesionales que se le hagan. 12. Firmar cuantas comunicaciones deba dirigir el Colegio a sus colegiados o a particulares. 13. Registrar los proyectos de propaganda o publicidad de los colegiados. La denegación del registro solo podrá tener lugar cuando dichos proyectos lesionen la reputación profesional de otros compañeros o atenten contra el decoro y la dignidad de la profesión de Óptico. 14. Dirigir a los empleados, ordenándoles cuanto sea necesario para el mejor servicio de la oficina, proponiendo a la Junta de Gobierno las iniciativas que crea conducentes a la mejor organización y, en general, todas las inherentes al cargo que sean de su competencia.
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eli/es/rd/1979/07/13/2207#art-34

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