Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 8 feb 2013
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ejercerá la coordinación del Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles con las comunidades autónomas, las organizaciones de criadores oficialmente reconocidas y, en su caso, otras organizaciones de criadores de ovino, para su adecuada aplicación.
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Proeli/es/rd/2013/01/18/21#art-5