Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Ayuda para compensar desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas
Art. 64
En vigor desde 25 ene 2012
1. En virtud de la letra b) del apartado 1 del artículo 68 del Reglamento (CE) n.º 73/2009, del Consejo, de 19 de enero, se concederá una ayuda específica a los agricultores que mantengan vacas nodrizas, con el fin de compensar las desventajas específicas que afectan a estas explotaciones.
2. La dotación presupuestaria para esta ayuda es de 47.966.000 euros al año.
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Proeli/es/rd/2012/01/23/202#art-64