Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 279
En vigor desde 13 mar 2026
1. La administración electoral de la Universidad tiene por finalidad garantizar, en los términos de la legislación general y de estos estatutos, la transparencia y objetividad del proceso electoral y el principio de igualdad.
2. Integran la administración electoral de la UNED la Comisión Electoral Central de la Universidad, las comisiones electorales de centro y las mesas electorales, que supervisarán el desarrollo y resolverán las incidencias de los correspondientes procesos electorales en el ámbito de su competencia.
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Proeli/es/rd/2026/03/11/181#art-279