Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

En vigor desde 26 mar 2021
1. La Dirección del Instituto para la Transición Justa, O.A., se estructura en las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general: a) La Gerencia, que ejercerá las funciones referidas en los apartados q), r), s), t), y u) del artículo anterior. b) La Subdirección General de Estrategia y Planificación, que ejercerá las funciones referidas en los apartados e), f), g), j), k), l), m), n), ñ), y o) del artículo anterior. Asimismo, cada una de estas subdirecciones generales ejercerá, siguiendo las directrices de la Dirección, las funciones referidas en los apartados a), b), c), d), h) i), y p) del artículo anterior en sus respectivos ámbitos de actuación, así como aquellas otras competencias que le sean atribuidas por la Dirección. 2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la persona titular de la Dirección del Instituto será sustituida por las personas titulares de las subdirecciones generales de su dependencia, siguiendo el orden en el que aparecen mencionados en el apartado anterior, salvo que expresamente la Dirección establezca otro orden de sustitución. 3. Adscrita al Instituto existirá una Intervención Delegada de la General de la Administración del Estado, con el nivel que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.
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eli/es/rd/2021/03/23/179#art-11

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