Capítulo CAPÍTULO II

Art. 10

En vigor desde 13 jun 2026
Corresponderá a la persona titular de la Dirección velar por la consecución de los fines asignados al Instituto para la Transición Justa, O.A., y ejercer la dirección del mismo. En concreto, le corresponderán las siguientes funciones: a) Dirigir las actuaciones del Instituto de acuerdo con las directrices que establezcan el Consejo Rector y la Presidencia, y ejecutar los acuerdos adoptados por estos. b) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar todos los servicios del Instituto. c) Establecer, desarrollar y aplicar procedimientos de control interno del funcionamiento del Instituto. d) Elaborar la propuesta de los planes estratégicos del Instituto, así como elaborar la propuesta de los planes anuales de actuación y elevarlas a la Presidencia del organismo. e) El desarrollo de las herramientas y actuaciones para la elaboración y aplicación de la Estrategia de Transición Justa, el impulso de su ejecución y seguimiento, así como la comunicación, difusión, participación y evaluación del mismo. f) Definir planes de acción para zonas vulnerables sectores estratégicos y colectivos potencialmente afectados negativamente por la transición ecológica e impulsar la elaboración de Convenios de Transición Justa y apoyar su ejecución en los mismos. g) Identificar, promover y apoyar técnica y financieramente las medidas necesarias para acompañar la transformación de sectores y territorios, anticipando los posibles efectos negativos sociales y laborales de transformaciones relacionadas con la transición ecológica y la descarbonización de la economía. h) Gestionar las ayudas que tengan por objeto el desarrollo económico alternativo de las zonas afectadas por posibles impactos negativos de la transición ecológica y descarbonización de la economía. i) Gestionar cualquier tipo de ayuda y/o incentivo procedente de la Unión Europea que pueda contribuir a la consecución del objeto del Instituto, cuya gestión le sea encomendada. j) Promover, ejecutar y gestionar proyectos que tengan como objetivo el desarrollo económico alternativo de las zonas afectadas por posibles impactos negativos de la transición ecológica, así como participar y apoyar el diseño, ejecución y gestión de proyectos realizados por terceros. k) Desarrollar políticas de difusión y asesoramiento técnico sobre normativa de ayudas, aspectos mercantiles, fiscales y otros que permitan la captación de proyectos empresariales y su implantación, entre otras, en las zonas mineras del carbón, así como las zonas afectadas por el cierre de centrales térmicas y nucleares. l) Impulsar cuantos incentivos financieros se consideren oportunos para fomentar el desarrollo económico alternativo de las zonas en transición. m) Contribuir, mediante actividades de dirección, diseño, coordinación y ejecución, a la restauración de las zonas degradas por la actividad minera, así como a las afectadas por el cierre de centrales térmicas o nucleares. n) Relacionarse con las instituciones europeas, administraciones públicas, organizaciones empresariales, organizaciones sindicales, organizaciones no gubernamentales, instituciones y entidades públicas y privadas y demás agentes sociales para colaborar en iniciativas relacionadas con la transición ecológica justa. ñ) Promover foros de participación para una mejor comprensión de los agentes económicos y sociales de las posibilidades de cara a la generación de actividad y empleo de la transformación ecológica. o) Desarrollar investigaciones y estudios sobre tendencias e impactos económicos, sociales de las transformaciones derivadas de la transición ecológica. p) Ejecutar la política de reestructuración de la minería del carbón, y promover el desarrollo económico alternativo de las comarcas mineras del carbón. q) La gestión y control de los recursos humanos. r) La gestión y control de los recursos económicos, la formulación de las cuentas anuales e informe anual así como la planificación y coordinación de los servicios informáticos del Instituto, incluyendo las actuaciones económicas, contractuales y administrativas necesarias para el funcionamiento del organismo, la gestión de carácter patrimonial o de inversiones, y el impulso y desarrollo a la aplicación de las tecnologías de la información para la mejora de la eficiencia de los procesos de gestión y prestación de servicios que realiza el Instituto. s) La planificación, definición de objetivos y evaluación del rendimiento de la acción del Instituto t) La gestión patrimonial de los inmuebles adscritos al Instituto para la Transición Justa, O.A. u) La dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través del Instituto para la Transición Justa, O.A., sin perjuicio de las funciones de control de la eficacia que le corresponden a la Inspección de Servicios del departamento ministerial, tal y como establece el artículo 85 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. v) la suscripción de contratos. Se modifica la letra d) y se añade la v) por el .2 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#ad-4

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Pro

eli/es/rd/2021/03/23/179#art-10

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