Art. 12
En vigor desde 9 dic 2009
Las solicitudes de financiación serán evaluadas conforme, al menos, a los siguientes criterios:
1. La localización de las inversiones
2. La capacidad de los proyectos para combinar la mejora de los equipamientos comerciales con el desarrollo urbano sostenible y, en particular, con la rehabilitación de edificios y la renovación urbana.
3. La capacidad de los proyectos para innovar y mejorar la productividad del sector.
4. La capacidad de los proyectos para actualizar y enriquecer la oferta comercial instalando y desarrollando nuevos equipamientos comerciales.
5. La capacidad de los proyectos de mejorar la seguridad de los establecimientos y centros comerciales abiertos.
6. La contribución de los proyectos a la mejora de la calidad ambiental y la eficiencia energética.
7. La capacidad de los proyectos para generar empleo.
8. La contribución de los proyectos a la accesibilidad.
La Conferencia sectorial podrá proponer nuevos criterios de valoración de las solicitudes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/11/20/1786#art-12