Art. Disposición final primera

En vigor desde 27 may 2021
Se habilita a las personas titulares de los Ministerios de Derechos Sociales y Agenda 2030 y de Justicia para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de este real decreto. Se modifica por el .4.d) del Real Decreto 369/2021, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2021-8750 Se modifica por el art. único.8 del Real Decreto 1853/2009, de 4 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20158 .

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eli/es/rd/2004/01/30/177#disposicion-final-primera

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