Art. 7

En vigor desde 15 ene 2011
1. Corresponde a la Dirección General para Iberoamérica la elaboración, propuesta y aplicación de la política exterior de España en su correspondiente área geográfica. 2. Asimismo, le corresponde la preparación y coordinación de las Cumbres Iberoamericanas; el diseño e impulso de las actividades de la Comunidad Iberoamericana de Naciones; la colaboración y apoyo a las funciones de la Secretaría General Iberoamericana; el fomento y la coordinación de la presencia de España en la Organización de Estados Americanos (OEA) y en los distintos organismos y entidades multilaterales de ámbito iberoamericano, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Economía y Hacienda. 3. Para el cumplimiento de las funciones señaladas, la Dirección General se estructura en los siguientes órganos: a) La Subdirección General de México, Centroamérica y Caribe. b) La Subdirección General de Países de la Comunidad Andina. c) La Subdirección General de Países del MERCOSUR y Chile. A estas Subdirecciones Generales corresponde la definición y promoción de los intereses de la política exterior de España en su área de responsabilidad, y el impulso de las relaciones bilaterales con los países que engloban. 4. Depende, igualmente, de la Dirección General para Iberoamérica la Subdirección General de Organismos Multilaterales Iberoamericanos, a la que corresponde la preparación y coordinación de las Cumbres Iberoamericanas; el diseño e impulso de las actividades de la Comunidad Iberoamericana de Naciones; la colaboración y apoyo a las funciones de la Secretaría General Iberoamericana; y el fomento y la coordinación de la presencia de España en la Organización de Estados Americanos (OEA) y en los distintos organismos y entidades multilaterales de ámbito iberoamericano.
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eli/es/rd/2010/12/23/1748#art-7

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