Art. Disposición final única

En vigor desde 7 mar 2001
El presente Real Decreto y los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/rd/2001/02/23/174#disposicion-final-unica

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