Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO 1Secc. Sección 4.ª De los Letrados del Consejo§ Subsección 2.ª Del Secretarlo general y del Letrado de Secretaría

Art. 56

En vigor desde 19 sept 1980
El tratamiento del Secretario general es el de excelencia.
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eli/es/rd/1980/07/18/1674#art-56

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