Título TÍTULO III

Art. 23

En vigor desde 9 ago 1986
Corresponde a los Vocales de la Comisión: a) Conocer previamente el orden del día de las reuniones y la información precisa sobre los asuntos incluidos en el mismo. b) Ejercer su derecho al voto, pudiendo hace constar en acta su abstención o la reserva de voto y los motivos que lo justifiquen. c) Participar en los debates de las sesiones. d) Fórmulas, ruegos y preguntas. e) El derecho de la información precisa para cumplir las funciones asignadas. f) Y en general cuantas funciones atribuyen las normas vigentes a los Vocales de los Órganos Colegiados de la Administración.
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eli/es/rd/1986/08/01/1671#art-23

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