Art. 1

En vigor desde 11 nov 2009
1. La Biblioteca Nacional de España es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, a través de la Subsecretaría y forma parte del Sistema Español de Bibliotecas de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/2007, 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas. 2. La Biblioteca Nacional de España tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y demás disposiciones aplicables a los organismos autónomos, en la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas, en la legislación vigente sobre bibliotecas de titularidad estatal y en este Estatuto.
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eli/es/rd/2009/10/30/1638#art-1

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