Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección segunda. Formación
Art. 24
En vigor desde 5 ene 1989
Los seleccionados realizarán un curso de especialización cuya duración será, como mínimo, de un mes. El curso estará orientado a la información sobre estructura y funciones policiales, régimen estatutario del Cuerpo Nacional de Policía y peculiaridades de la plaza a cubrir.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1988/12/16/1593#art-24