Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 20 feb 1993
Hasta tanto se produzca la adaptación de las distintas disposiciones deportivas a lo previsto en el presente Real Decreto, los principios en él contenidos se aplicarán con carácter preferente.
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eli/es/rd/1992/12/23/1591#disposicion-transitoria-segunda

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