Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 9 mar 2023
1. A la fecha de entrada en funcionamiento de la Agencia Espacial Española, quedará suprimida la Delegación Especial para la Agencia Espacial Española del Ministerio de Ciencia e Innovación. 2. Las menciones que el ordenamiento jurídico vigente realice a dicho órgano en virtud de esta disposición adicional se entenderán realizadas a la Agencia Espacial Española. 3. Por parte del Consejo de Administración del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación se adoptarán las medidas precisas para adaptar su estructura y organización administrativa a lo previsto en el presente real decreto y en el Estatuto de la Agencia, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial.
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