Art. [preambulo]

En vigor desde 9 mar 2023
I Las tecnologías, los datos y los servicios espaciales se han hecho indispensables para nuestra vida cotidiana y tienen una función esencial en la preservación de los intereses nacionales. La creación de la Agencia Espacial Española, proyecto ampliamente demandado en los últimos años por todo el sector espacial español, se anuncia por primera vez en la Estrategia de Seguridad Nacional 2021. Dicha Estrategia recoge que «la creación de una Agencia Espacial Española contribuirá a ordenar las competencias y establecer una política nacional que sirva de guía, tanto al sector público como al privado». La línea de actuación núm. 19 de la Estrategia tiene como objetivo «crear la Agencia Espacial Española, con un componente dedicado a la Seguridad Nacional, para dirigir el esfuerzo en materia espacial, coordinar de forma eficiente los distintos departamentos nacionales con responsabilidades en el sector espacial y unificar la colaboración y coordinación internacional». El sector industrial espacial español constituye un sector estratégico en términos globales, por su peso específico en el conjunto de la producción industrial, por el papel de tracción que ejerce sobre el ecosistema innovador y otras industrias, y por su capacidad de transformación de la economía y el mercado laboral. A su vez, proporciona al Estado y a la ciudadanía tanto los avances necesarios para abordar retos científicos, que permitan la exploración espacial y la búsqueda de respuestas a preguntas esenciales para la humanidad, proporcionando un acicate para la innovación, como servicios imprescindibles para nuestra sociedad en el ámbito de las comunicaciones, la observación de la Tierra, la navegación o la seguridad nacional. Estos servicios y aplicaciones son de vital importancia para la doble transición digital y verde, objetivos estratégicos de la Unión Europea, así como para ayudar a mitigar los problemas derivados de los grandes retos como el cambio climático y a conseguir los objetivos de sostenibilidad de Naciones Unidas. Una aplicación donde se encuentran presentes varios de los ámbitos anteriores, especialmente el de la defensa y el transporte, es el transporte espacial comercial, sin duda, uno de los grandes retos que ha de hacer frente la Administración. El Gobierno de España aprobó a su vez, el 22 de marzo de 2022, el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Aeroespacial (en adelante, PERTE), con el objetivo fundamental de que la industria aeronáutica y espacial española se convierta en un actor clave ante los retos y oportunidades asociados a las grandes transformaciones previstas en el sector en el corto y medio plazo. Una de las medidas previstas en dicho PERTE es la relativa a la creación de la Agencia Espacial Española, organismo público que se erige como la necesaria garantía de la acción estratégica, sostenibilidad, continuidad y coordinación de las distintas actuaciones y políticas impulsadas por el Gobierno en el sector espacial, hasta el momento a nivel interministerial. En el marco europeo, tal y como se afirma en la Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa, «nuestra libertad de acción depende de un acceso seguro, protegido y autónomo al ámbito espacial» y hace una propuesta concreta para complementar la actual Estrategia Espacial de la Unión Europea de 2016, con una nueva y específica Estrategia Espacial de Seguridad y Defensa de la Unión Europea. Asimismo, en el Diario Oficial de la Unión Europea, de fecha 15 de mayo de 2021, se publicó el Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se cran el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 912/2010, (UE) núm. 1285/2013 y (UE) núm. 377/2014 y la Decisión núm. 541/2014/UE. España participa activamente en la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial (en adelante, EUSPA), que, como agencia de la Unión Europea, contribuye a su Programa Espacial en los aspectos de acreditación de seguridad, así como de desarrollo del mercado y de las aplicaciones del segmento de usuario. Un lugar destacado merece la Agencia Espacial Europea (en adelante, ESA) que, si bien no es un organismo de la Unión Europea, es una organización intergubernamental que cuenta con amplia experiencia en el ámbito espacial. España forma parte de la Agencia Espacial Europea, organización intergubernamental constituida por veintidós Estados europeos que ponen en común sus recursos con el objetivo de asegurar y desarrollar, con fines exclusivamente pacíficos, la cooperación entre en los campos de la investigación y de la tecnología espaciales, con vistas a su utilización con fines científicos y para sistemas espaciales operacionales de aplicaciones, elaborando y poniendo en práctica proyectos espaciales para sus estados miembros, así como para la Unión Europea, recomendando a los Estados miembros objetivos en materia espacial y concertando las políticas de éstos respecto a otras organizaciones e instituciones nacionales e internacionales. Asimismo, la ESA constituye la mayor fuente de retorno de la inversión pública española en el sector industrial espacial. También en el seno de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (en adelante, OTAN) se está llevando a cabo una importante transformación. Tras la incorporación del espacio como nuevo dominio operacional, lo que está conduciendo al desarrollo doctrinal, la revisión de planes de operaciones y el desarrollo de capacidades militares orientadas a preservar el uso pacífico y seguro del espacio. Más recientemente, el Concepto Estratégico de Madrid establece sin equívocos que el acceso a un espacio seguro y sin restricciones es clave para una disuasión eficaz. Con frecuencia, el equipamiento, los componentes y los instrumentos utilizados en el sector espacial, así como los datos y los servicios espaciales, son de doble uso. Los programas espaciales y sus servicios son activos fundamentales en los ámbitos políticos y sectores económicos de la energía, el clima, el medio ambiente, la seguridad y la defensa, la salud, la agricultura y la política alimentaria, el transporte, el turismo, el mercado digital y las comunicaciones móviles, la política regional y la ordenación local. La necesidad de coordinar de una forma más eficaz todos los aspectos mencionados anteriormente, conducen a la creación de una estructura, bajo la forma de agencia estatal para la mejora de los servicios públicos, y de acuerdo con el régimen que para las mismas establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que aúne los esfuerzos y las políticas desarrolladas por España en materia espacial, tanto desde una óptica eminentemente civil como desde la relativa a la a la seguridad nacional, apostando de manera clara por el fomento de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación en materia espacial, e imbricada en la consecución de los objetivos y políticas contenidos en el Reglamento por el que se crea el nuevo programa espacial de la Unión Europea. Así, la disposición adicional tercera de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, autoriza la creación de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», con carácter de agencia estatal, adscrita a los Ministerios de Ciencia e Innovación y de Defensa. La Agencia Espacial Española impulsará todos los elementos de la cadena de valor del sector espacial desde el diseño y desarrollo de satélites y vehículos espaciales (upstream) hasta los servicios y aplicaciones para el usuario final (downstream), incluyendo los segmentos de lanzadores y operaciones. La Agencia Espacial Española integrará y coordinará funciones que actualmente están distribuidas en diferentes entidades y ámbitos ministeriales, aunando la representación nacional, en los foros de su competencia y aportando coordinación y apoyo a los ministerios con competencias en el ámbito espacial. Debido a la importancia de las actividades espaciales para la economía de España y las vidas de los ciudadanos, y al doble uso de los sistemas y las aplicaciones basadas en ellos, lograr y mantener un elevado nivel de seguridad en su operación y funcionamiento debe ser una prioridad clave para la Agencia, salvaguardando los intereses del Estado, también en relación con la información clasificada y otra información sensible no clasificada. La flexibilidad de gestión que atribuye la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, a las agencias estatales, hace que dicho vehículo organizativo sea el más adecuado para este nuevo organismo público, permitiendo un óptimo desarrollo de sus funciones en materia de fomento, ejecución y desarrollo de la investigación científica y técnica, de la innovación en el ámbito del espacio, con vistas a su utilización con fines científicos y para sistemas espaciales operacionales de aplicaciones, en desarrollo de las competencias estatales en el ámbito del espacio y con plena coordinación con las políticas espaciales que se desarrollen a nivel de la Unión Europea, la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial, de la Agencia Espacial Europea y de otros organismos internacionales en dicho ámbito. II En este Estatuto se recogen las reglas fundamentales relativas a la organización y régimen de funcionamiento de la Agencia Espacial Española, en tanto que organismo público encargado de la utilización del espacio en beneficio, conocimiento y seguridad de la sociedad española, el establecimiento, fomento y coordinación de todas aquellas actividades y políticas que permitan la investigación, el desarrollo tecnológico e industrial y la innovación en el ámbito espacial, contribuyendo a la ordenación de las competencias en el ámbito del espacio y estableciendo una política nacional que sirva de guía tanto al sector público como al privado. Así, serán fines de esta agencia estatal contribuir a la Seguridad Nacional, posicionar la ciencia, la innovación y la tecnología relacionada con el espacio en la excelencia europea e internacional, promover y dinamizar el sector industrial espacial nacional, así como acciones conducentes a garantizar los objetivos de seguridad y defensa en relación con el espacio marcados por la Estrategia de Seguridad Nacional, la Estrategia de Seguridad Aeroespacial Nacional y la Directiva de Defensa Nacional, defender los intereses de los usuarios nacionales y responder a las exigencias de las políticas públicas en los foros internacionales y grupos de decisión en el ámbito espacial, realizar la necesaria coordinación para maximizar la eficiencia y eficacia de los recursos financieros disponibles para la seguridad, investigación, innovación, tecnología, desarrollo, industria y programas en el ámbito espacial, ejercer la representación nacional en los distintos foros internacionales del ámbito espacial, dando coherencia a los intereses de los distintos ministerios y apoyándoles en los distintos foros espaciales internacionales con representación nacional, contribuir a las políticas espaciales de los organismos internacionales de los que España es miembro, ejecutar los programas espaciales y planes que determine la Estrategia Espacial Nacional, promover y coordinar laboratorios y establecimientos técnicos dedicados al desarrollo tecnológico en el sector espacial, establecer convenios con otros organismos públicos o entidades privadas para orientar el desarrollo de la actividad espacial, fomentar la investigación en el ámbito espacial, asegurar la publicación de trabajos científicos en la materia y elaborar una propuesta de anteproyecto de Ley del Espacio. El Estatuto regula igualmente la organización administrativa precisa para dar lugar al cumplimiento de las funciones y competencias de la Agencia Espacial Española. El presente real decreto consta de una parte expositiva, en la que se refieren los antecedentes del proyecto, se indica su objeto y se justifica su adecuación a los principios de buena regulación, un artículo mediante el que se crea la Agencia y se aprueba su Estatuto y una parte final compuesta por: cuatro disposiciones adicionales que regulan la entrada en funcionamiento de la Agencia, el inventario, la supresión de órganos y el régimen de personal; cinco disposiciones transitorias sobre el régimen transitorio de la Dirección de la Agencia, la garantía de continuidad en la ejecución de la política de financiación, los servicios comunes, el régimen presupuestario y el contrato plurianual de gestión; una disposición derogatoria referida a la derogación normativa y cinco disposiciones finales. El Estatuto de la Agencia que se aprueba por el artículo único comprende los nueve capítulos siguientes: capítulo I, «Disposiciones generales» (artículos 1 a 4); capítulo II, «Funciones y actuación» (artículo 5); capítulo III, «Principios de actuación» (artículo 6); capítulo IV, «Estructura orgánica» (artículos 7 a 22); capítulo V, «Contrato plurianual de gestión y el plan de acción anual» (artículos 23 a 26); capítulo VI, «Contratación y régimen patrimonial» (artículos 27 a 30); capítulo VII, «Régimen de personal» (artículos 31 a 34); capítulo VIII, «Régimen presupuestario» (artículos 35 a 41) y el capítulo IX, «Actuación administrativa y asistencia jurídica» (artículos 42 y 43). Este real decreto cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: el principio de necesidad y eficacia, habida cuenta de que existen razones de interés general, ya expuestas, para la constitución y puesta en funcionamiento de una Agencia Espacial Española; proporcionalidad, toda vez que la presente norma no afecta a los derechos y deberes de los ciudadanos y de las empresas; seguridad jurídica, pues la iniciativa se imbrica dentro del ordenamiento jurídico administrativo, tanto nacional como del ámbito de la Unión Europea e Internacional, y es coherente con el mismo; transparencia, pues la necesidad de la propuesta y sus objetivos constan de manera clara y explicita en la memoria de la norma, que es accesible a la ciudadanía a través del Portal del Transparencia. Así mismo se adecua el principio de eficiencia, pues la Agencia realizará la necesaria coordinación para maximizar la eficiencia y eficacia de los recursos financieros disponibles asociados a la investigación, innovación, tecnología, desarrollo e industria y programas en el ámbito espacial. Este real decreto no conlleva, por lo demás, la restricción de derechos de los particulares, establece las medidas imprescindibles para cumplir su objetivo, no genera nuevas cargas administrativas y quedan justificados suficientemente los objetivos que persigue. En su virtud, a propuesta de las Ministras de Ciencia e Innovación, de Defensa, y de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de marzo de 2023, DISPONGO:
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