Capítulo CAPÍTULO III
Art. 9
En vigor desde 21 ene 2007
La admisión de alumnos estará sometida a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y supeditada a las calificaciones obtenidas en la prueba de acceso a la que se refiere el artículo 7 de este real decreto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/12/22/1577#art-9