Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 37

Derogado
En vigor desde 11 oct 2009
La tramitación del expediente de exportación y comprobación de la constitución de una empresa pesquera en un tercer país corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
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eli/es/rd/2009/10/09/1549#art-37

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