Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. REGLA NÚMERO 10

En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 10 Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada 1. Descripción. Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja roja superior el emblema de la Armada, en color azul; en el centro de la franja gualda, tres roeles en color rojo, y en el centro de la franja roja inferior, una estrella de cinco puntas, emblema simplificado del Estado Mayor, en azul. 2. Tipos y usos. En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV. Si bien el texto de esta regla no se ha modificado expresamente, se reproduce la imagen de este distintivo que corresponde a la versión actual de uso reglamentario en las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar y en la normativa sobre divisas de los empleos militares de General de Ejército, Almirante General y General del Aire, establecidas por la Orden Ministerial 136/1999, de 20 de mayo, del Ministerio de Defensa.
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eli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-10-1

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