Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. REGLA NÚMERO 6
En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 6
Teniente General del Ejército
1. Descripción.
Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda tres estrellas de cuatro puntas en color rojo, y en el centro de la franja roja superior, el emblema del Ejército en sus esmaltes.
2. Tipos y usos.
En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-6-2