Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. REGLA NÚMERO 15

En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 15 Jefe del Estado Mayor del Aire La Jefatura del Estado Mayor del Aire se crea por los arts. 6 y 7 del Real Decreto 2723/1977, de 2 de noviembre. Ref. BOE-A-1977-26516 . 1. Descripción. Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en la franja roja superior el emblema del Ejército del Aire en plata, en la franja gualda tres estrellas de cuatro puntas en roja, y en el centro de la franja roja inferior, una estrella de cinco puntas, emblema simplificado del Estado Mayor, en azul. 2. Tipos y usos. En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV. Si bien el texto de esta regla no se ha modificado expresamente, se reproduce la imagen de este distintivo que corresponde a la versión actual de uso reglamentario en las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar y en la normativa sobre divisas de los empleos militares de General de Ejército, Almirante General y General del Aire, establecidas por la Orden Ministerial 136/1999, de 20 de mayo, del Ministerio de Defensa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-15-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil