Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Estructura administrativa

Art. 17

En vigor desde 14 nov 2007
Corresponde al departamento de programación editorial, documentación e información: a) La elaboración y seguimiento del programa editorial anual de publicaciones. b) La elaboración de los textos legales, separatas, códigos, compilaciones y otras publicaciones editadas por la agencia. c) La preparación y gestión de convenios de coedición con otros órganos administrativos y entidades públicas o privadas. d) La elaboración y mantenimiento de bases de datos documentales y de los servicios de información general y legislativa de la agencia. e) La supervisión de los contenidos de internet y otros soportes electrónicos. f) La gestión de la biblioteca y del archivo. g) La elaboración y seguimiento del plan anual de publicidad y comunicación de la agencia. h) La realización de actividades de promoción, venta y distribución de todo tipo de publicaciones en cualquier soporte, tanto de producción editorial propia como de otros organismos con los que la agencia haya suscrito convenios de coedición o de distribución. i) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/11/12/1495#art-17

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil