Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 24
En vigor desde 31 ene 1999
El personal funcionario o laboral del Parque Móvil del Estado se regirá por la normativa sobre función pública y legislación laboral aplicables al resto del personal de la Administración General del Estado.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/01/29/146#art-24