Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 9 jul 1986
Por Orden del Ministro de la Presidencia podrá procederse a la modificación de los códigos, claves y formatos contenidos en los anexos I, II y III que se acompañan al presente Reglamento. El Director general de la Función Pública determinará los modelos de impresos y demás adecuaciones instrumentales para la ejecución de lo dispuesto en el presente Reglamento.
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eli/es/rd/1986/06/06/1405#disposicion-final-tercera

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