Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Organización general
Art. 18
En vigor desde 4 mar 2001
1. El Consejo está formado por el Presidente del Colegio, que lo presidirá, los Vicepresidentes y los Decanos de las zonas, el Tesorero general y el Secretario general, que actuará como Secretario. Los Decanos podrán delegar su asistencia en otro miembro de su Junta de Gobierno.
2. A las sesiones del Consejo podrán asistir, cuando sean convocados al efecto, los Directores de las instituciones, Presidentes de Comités, colegiados y otros, todos ellos con voz pero sin voto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2001/02/16/140#art-18