Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª De la composición y funciones de la Junta de Gobierno

Art. 46

En vigor desde 20 dic 2001
La gestión directiva del Colegio corresponderá a la Junta de Gobierno, constituida por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Tesorero, un Secretario, un Vicesecretario y un número de vocales, que estará en relación con el número de colegiados, sin que en ningún caso pueda ser inferior a cinco ni superior a diez, asistiendo con voz y voto además el Presidente o alternativamente un miembro del Consejo de Gobierno en representación de cada una de las Delegaciones Autonómicas constituidas en el Colegio.
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eli/es/rd/2001/12/07/1378#art-46

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