Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 6.ª De la elección de los cargos colegiales

Art. 35

En vigor desde 4 mar 2021
Las candidaturas para los cargos sometidos a elección deberán especificar los datos del candidato o candidata, el cumplimiento de los requisitos para ser elegible y el cargo al que opta el candidato o candidata.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2021/03/02/136#art-35

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil