Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 5.ª De las atribuciones de los cargos de la Junta Directiva
Art. 28
En vigor desde 4 mar 2021
Corresponde al Vicepresidente o la Vicepresidenta ejercer las funciones que le hayan sido delegadas por el Presidente o la Presidenta y sustituirle en casos de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa temporal.
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Proeli/es/rd/2021/03/02/136#art-28