Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 11

En vigor desde 24 nov 2005
1. Todas las personas a que se refiere el apartado 2 del artículo anterior tendrán el cuidado razonable de asegurarse de que: a) Los hechos se distingan claramente de las interpretaciones, estimaciones, opiniones y otro tipo de información no factual. b) Todas las fuentes sean fiables o, en el caso de existir alguna duda sobre la fiabilidad de la fuente, se indique claramente. c) Se indiquen claramente como tales las proyecciones, pronósticos y objetivos de precios y de que se indiquen igualmente las hipótesis relevantes hechas al elaborarlos o utilizarlos. d) Las recomendaciones sean fundadas. En este sentido, las personas relevantes deberán poder explicar razonablemente, en su caso, ante la CNMV dichas recomendaciones. 2. Cuando la recomendación no se realice por escrito, será suficiente con que se indique el lugar donde el público pueda tener acceso fácil y directo a la información exigida, como, por ejemplo, una página web de la persona relevante. 3. Lo dispuesto en los apartados anteriores no será aplicable a los periodistas sujetos a una normativa apropiada equivalente, incluidas normas equivalentes apropiadas contenidas en sus códigos deontológicos, siempre que dicha normativa tenga efectos similares a los mencionados en los apartados anteriores. 4. Cuando la persona relevante sea una empresa de servicios de inversión, una entidad de crédito, un analista independiente, una persona jurídica vinculada, cualquier otra persona relevante cuya actividad principal sea elaborar recomendaciones o una persona física que trabaje para ellos, con un contrato laboral o de otra forma, ha de tener cuidado razonable de asegurarse de que, en función de la naturaleza del instrumento de valoración y del método de análisis aplicado: a) Se indiquen todas las fuentes importantes, según el caso, incluido el emisor al que se refiere, y se explique si la recomendación se ha revelado a ese emisor y corregido después de esa revelación antes de su difusión. b) Se resuma adecuadamente cualquier base de evaluación o metodología utilizadas para evaluar un valor o instrumento financiero o un emisor de éstos, o para establecer un objetivo de precio para un valor o instrumento financiero. c) Se explique adecuadamente el significado de cualquier recomendación efectuada, por ejemplo, de comprar, vender o mantener, lo que puede incluir el horizonte temporal de la inversión a la que se refiere la recomendación, y se indique cualquier advertencia oportuna sobre riesgos, incluido el análisis de sensibilidad de las hipótesis pertinentes. d) Se haga, en su caso, referencia a la frecuencia prevista de las puestas al día de la recomendación y a cualquier cambio importante en la política de cobertura previamente anunciada. e) Se indique de manera clara y destacada la fecha en que la recomendación se haya efectuado por primera vez, así como la fecha y hora pertinentes para el precio de cualquier valor o instrumento financiero mencionado. f) Cuando una recomendación difiera de otra referente al mismo valor, instrumento financiero o emisor, realizada a lo largo del período de 12 meses que preceda inmediatamente a su elaboración, este cambio y la fecha de la anterior recomendación se indicarán de manera clara y destacada. Cuando se trate de una recomendación no escrita, se estará a lo dispuesto en el apartado 2. 5. En el caso de que el cumplimiento de los párrafos a), b) o c) del apartado anterior resulte desproporcionado en relación con la amplitud de la recomendación difundida, será suficiente la referencia en la propia recomendación al lugar donde el público pueda tener acceso fácil y directo a la información exigida, como, por ejemplo, un enlace directo de Internet a tal información en una página web de la persona relevante, siempre que no haya habido ningún cambio en la metodología o la base de la evaluación utilizada.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2005/11/11/1333#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil