Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 20 ago 1995
El apartado cuatro del artículo 3 del Real Decreto 1/1987, de 1 de enero, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa queda redactado de la siguiente forma: «El Director del Centro Superior de Información de la Defensa tendrá categoría de Director general. El ejercicio de su cargo no podrá exceder del período máximo de cinco años.»
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eli/es/rd/1995/07/28/1324#disposicion-adicional-sexta

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