Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 24 nov 2006
El Ministerio del Interior sufragará, con cargo a sus créditos presupuestarios, los gastos derivados de la implantación, administración y mantenimiento de todos los medios de comunicación.
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Proeli/es/rd/2006/11/10/1300#disposicion-adicional-cuarta