Capítulo CAPÍTULO 2
Art. 11
En vigor desde 2 mar 2014
1. En el anexo 6 se recogen los objetivos medioambientales para cada una de las masas de agua identificadas en el ámbito del Plan y los plazos para su consecución.
2. Para las zonas protegidas los objetivos medioambientales vienen dados por el cumplimiento de las normas de protección que resulten aplicables en cada zona y los objetivos medioambientales particulares que en ella se determinen, según la normativa que rija cada zona protegida.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/02/28/129#art-11