Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Régimen económico y patrimonial de los Colegios Oficiales. Confección y liquidación de sus presupuestos. Recursos económicos. Cuotas y su recaudación
Art. 93
En vigor desde 10 mar 2013
El patrimonio de los Colegios estará compuesto por todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera en virtud de cualquier título jurídico y por el saldo de su tesorería.
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Proeli/es/rd/2013/02/22/126#art-93