Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª De la Junta Ejecutiva Permanente del Consejo General
Art. 17
En vigor desde 10 mar 2013
De entre los miembros de la Asamblea General de Presidentes y también por sus integrantes se elegirán los Consejeros de la Junta Ejecutiva Permanente, en número de ocho, que asumirán la titularidad de las distintas Secciones.
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Proeli/es/rd/2013/02/22/126#art-17