Art. 7

En vigor desde 13 dic 2002
Corresponde al Secretario la organización de los trabajos de la Comisión, incluyendo las tareas de asesoramiento y asistencia técnica o material, elaboración de informes, actas, propuestas de acuerdos o resoluciones relativas a las competencias de la Comisión Nacional y, en general, la preparación, desarrollo y seguimiento de las sesiones ordinarias y extraordinarias.
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eli/es/rd/2002/11/22/1217#art-7

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