Título TÍTULO VI
Art. 60
En vigor desde 31 dic 2025
Los tratamientos de datos personales que deriven de la aplicación de este real decreto se regirán por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Los datos personales cedidos por los solicitantes serán objeto de tratamiento y, en su caso, de publicidad, a los exclusivos efectos que se precisen en cada procedimiento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2025/12/26/1190#art-60